Dr.Alfonso Benavides Correa-Congreso de la República Sept.2005-Defensa de nuestro mar territorial.
Dr.Alfonso Benavides Correa-Congreso de la República Sept.2005-Defensa de nuestro mar territorial.

Por: Victor Mejía Franco - Presidente Comisión Patriótica- Octubre 2006

 

La historia del dominio del mar territorial se remonta a los antiguos habitantes del litoral peruano. Desde que ellos aparecieron junto al mar convivieron con él y lo aprovecharon para su alimentación, transporte, y hasta para refugiar las divinidades marinas que los protegían. En los Museos puede verse abundante iconografía de peces, leones, serpientes y lobos marinos, tortugas, etc representadas en el arte de todas las antiguas civilizaciones, testimonio indudable de la estrecha relación que existió entre los habitantes de las áridas costas y el rico mar que los alimentaba. Esto es lo que los tratadistas del derecho del mar traducen como la ecuación H-T-M: Hombre, Tierra, Mar, que sustenta entre otros importantes aspectos la Doctrina Peruana del Mar Territorial.

 

El hombre peruano usó el mar y lo ocupó a través del tiempo, tanto como pudo según sus crecientes recursos tecnológicos. Esta ocupación o dominio del mar constituye lo que en derecho se denomina “la costumbre”, que es base cierta de jurisprudencia en ausencia de una norma positiva, tan innecesaria como impensable en los orígenes de nuestras culturas. Al desarrollarse la civilización se presenta la necesidad de acreditar el dominio territorial, y tal acreditación se convierte en una norma positiva que desde ese momento ingresa al Derecho Internacional Público.

 

La trayectoria no interrumpida de dominio que el antiguo peruano ejercitó sobre su mar adyacente, encuentra como uno de los hechos de mayor relieve, la expedición del Inca Túpac Yupanqui a la Polinesia, remontando sin saberlo, lo que hoy conocemos como la Corriente Peruana. Este hito del dominio peruano sobre el mar lo confirmó científicamente el explorador noruego Thor Heyerdahl alrededor de 1960, dejándose llevar por la Corriente Peruana en  la balsa Kon Tiki, tal como se supone fueron las embarcaciones que pudieron haber construido los Incas. Ese hecho histórico acaba de ser repetido por otra expedición al mando de Torgeir Higraff de Noruega, en su balsa Tangaroa.

 

Así discurrió el tiempo, desde el primer mapa de América levantado por Petrus Kerius Calav en 1646, en que “The Peruviane Ocean” (todo el Océano Pacífico hasta las Islas Filipinas y Nueva Guinea) era posesión soberana de los Reyes de España, cuya heredad nos corresponde desde 1821, hasta que en la edad contemporánea se presentó la necesidad de proteger los recursos marinos, amenazados por la entonces incipiente depredación de los mares. Con una clara visión proyectada de la historia, cualidad de que lamentablemente carecen nuestros gobernantes de  hoy, el entonces Presidente de la República, ilustre jurista y gran patriota, Dr. José Luis Bustamante y Rivero, reivindicó, el dominio, soberanía y jurisdicción del Perú sobre las 200 millas de mar adyacente a sus costas, en el año 1947.  Las 200 millas es el ancho promedio de la Corriente Peruana que atraviesa el Pacífico solamente en dirección al Perú, con su preciosa riqueza hidrobiológica, entre otras.

 

Esta reivindicación del mar territorial peruano es el acto histórico más trascendental ocurrido en nuestro país durante toda la República. Por medio de una proclamación ante la comunidad internacional, el Perú acreditó según todas las normas del Derecho Internacional Público, la propiedad de  864,381.557 Km2 (2) de mar territorial, con su suelo, subsuelo y espacio aéreo que los cubre.

 

La Doctrina del Mar Territorial Peruano quedó internacionalmente reconocida por el llamado Tratado del Pacífico Sur de 1952 suscrito con Ecuador y Chile, con la posterior adhesión de Colombia. Finalmente, la III Reunión del Consejo Interamericano de Jurisconsultos, en México, en 1956, declaró que los Estados tienen la competencia de fijar el ancho de su mar territorial de acuerdo a sus características geográficas, geológicas y biológicas, según las necesidades económicas de su población y de su seguridad y defensa.   El Perú, es el primer país del mundo en sustentar su dominio marítimo con sólidos argumentos científicos y jurídicos, lo que confiere plenitud y permanencia en el tiempo a la Doctrina Peruana del Mar Territorial de 200 millas marinas, dentro del Derecho Internacional Público del Mar.

 

La situación actual del mar peruano está sin duda alguna determinada por lo que dispone la Constitución del Estado (1993). En efecto, de acuerdo con su artículo 54º, el territorio nacional está constituído por el Suelo Firme,  (Costa, Sierra y selva), el Dominio Marítimo (200 millas de mar adyacente a la costa), y el Espacio Aéreo que los cubre. Como consecuencia, el Dominio Marítimo es parte del Territorio Nacional, porque así lo indica expresamente la descripción constitucional.

 

De otro lado, el Dominio Marítimo (200 millas),  consta físicamente de una parte de mar, su correspondiente fondo y el espacio aéreo que los cubre. Por aplicación de elementales reglas gramaticales, se puede decir que el mar, su fondo marino (debajo del agua) y el espacio aéreo, son territoriales, aún en el presente caso que la Constitución no ha utilizado adjetivos en su definición de territorio. Porque si  EL TODO (el Dominio Marítimo) es parte del Territorio Nacional, CADA FRACCION FISICA DEL TODO (el agua de mar, su fondo marino y el espacio aéreo), también lo es.  Por eso es que el Mar,  una de las partes físicas del dominio marítimo, también resulta parte del territorio nacional, y si ello es así, le cabe el calificativo de “Mar Territorial”.

 

Esta es la VERDAD FORMAL que desvirtúa la malintencionada afirmación de que la expresión “Mar Territorial” no está contenida en la Constitución, cuando acabamos de deducir la PERTENENCIA ABSOLUTA del mar peruano al “Dominio Marítimo” y como derivación lógica, su calidad de “territorial”.

 

Como corroboración de hecho, por el imperio de la Constitución, el Perú ejerce en la actualidad sobre todo el territorio nacional (que incluye el Dominio Marítimo),  las tres potestades del Estado, a saber dominio, soberanía y jurisdicción. Es por ello que, sin duda alguna posible, el “Dominio Marítimo” tiene calidad “territorial” al igual que cualquier otra parte del país, y de ahí deriva legítimamente el término “Mar Territorial”.

 

  

(1) De la Comisión Patriótica para la Defensa del Mar de Grau

(2) Calculado por el Instituto de Investigación de la Facultad de Ingeniería Geográfica y Ambiental de la Universidad Nacional Federico Villarreal.-

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